Herencia, Donación o Fideicomiso que interesa más?

Mi madre es mayor y tiene un piso en propiedad, el tema es que no sé que es más recomendable, con el fin de que no cobren más impuestos de los necesarios, no sé si interesaría que mi madre hiciera testamento antes de fallecer dejándonos el piso a mi hermano (en ese caso no sé qué impuestos habría que pagar), otra alternativa es que nos hiciera mi madre una donación del piso (también me gustaría saber qué impuestos se pagarían) o he escuchado hablar también del fideicomiso, también escucho otro tipo de alternativas, como sé que la fiscalidad no es la misma en todos los sitios de España, comentar que en mi caso es en la Comunidad de Madrid, a ver si alguien me puede ayudar.

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Lo siento pero en España tenemos 17 comunidades autónomas con 17 legislaciones, en caso de que su madre resida en madrid en caso de herencia le aplicaría la legislación de madrid, en caso de donación le aplicaría la legislación de donde este el piso.

En caso de herencia actualmente, y siempre que su madre haya vivido en Madrid más del 50% del tiempo en los últimos 5 años, le aplicaría la legislación de Madrid y en este caso por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Padres a hijos esta bonificado al 99%. Y siempre que no haya cambio de gobierno en madrid que se les ocurra cambiar la legislación.

Se debería preocupar más por el IIVTNU (antigua plusvalía municipal) para ello tiene que ver donde radica la vivienda y su esta es la vivienda habitual de su madre y si el municipio donde radica tiene alguna bonificación por este impuesto.

La figura del fideicomiso es para temas legales, no para ahorrar impuestos.

Y si le recomiendo que su madre haga testamento dado que facilita los tramites en caso de fallecimiento.

Efectivamente mi madre cumple con todos los requisitos para la bonificación, pero vive en un municipio donde si cobran la plusvalía.

Según me he enterado entre la herencia y la donación en la comunidad de Madrid es poca la diferencia.

En el caso de que nos donará el piso, pagaríamos ese pequeño impuesto al estar bonificado y la plusvalía? O la plusvalía solo en el caso que mi hermano y yo vendiéramos el piso y hubiera ganancia?. A parte de eso habría que pagar algo más?

Entre donación y sucesión efectivamente es poca la diferencia, pero hay que tener cuidado con el irpf, si la vivienda que les dona no es la vivienda habitual de su madre o siéndolo, su madre no tiene más de 65 años.

Entiendo que su madre compro hace tiempo esa vivienda, y ahora tendrá una valoración más alta que su adquiscion, con lo cual tanto si es por donación o por herencia lo más probable es que pague plusvalía municipal y un importe que puede ser importante.

Tiene que ver si existe bonificación en ese municipio tanto por herencia como por donación en caso de vivienda habitual.

Los otros pagos que tiene que hacer serian gastos de notario y de registro de la propiedad.

Muy amable por la información. Si es la vivienda habitual, ya que por edad ingresará en una residencia, y tiene más de 80 años.

Es en Alcorcón y creo que no tiene ningún tipo de bonificación y además es de lo más caro. ¿Aproximadamente sabría más o menos para un piso de valor de mercado 200000e cuánto sería?

En caso de donación, tendría que pagar la plusvalía al darnos el piso mi madre a nosotros en ese momento y si luego lo vendemos otra vez lo deberíamos pagar, ¿es así o estoy equivocado?

Perdón la vivienda es de mi madre desde 1975

El Impuesto de Plusvalía municipal de una inmueble antiguo no suele tener nada que ver con su valor real. En su caso, que además los obligados al pago son ustedes como donatarios, es el 27% del 45% del valor catastral que tenga el suelo (no la construcción)

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Se trata de hacer ese cálculo previamente, el impuesto de sucesiones en el caso de herencia y el de donaciones en el caso de donación, en la página web de la Comunidad de Madrid, tiene información para hacer esa simulación.

Muchas gracias por la contestación, conoces el caso del fideicomiso?

No veo que la constitución de un fideicomiso, en este caso, pueda conllevar ventajas fiscales.

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